El arte del arbitraje regulatorio: por qué el vacío legal se aplaude en finanzas pero se repudia en política

El desenlace de las elecciones municipales en Lima ha dejado una postal propia de teoría de juegos: la Constitución prohíbe de forma explícita la reelección inmediata de alcaldes, pero Rafael López Aliaga volvió a asegurarse el sillón metropolitano. ¿El mecanismo? Postular formalmente como primer regidor para luego asumir el mando ejecutivo por la línea de sucesión de la Ley Orgánica de Municipalidades.
En la tribuna pública, la maniobra se califica de artificio formal o fraude a la ley (fraus legis). Sin embargo, si trasladamos exactamente esa misma jugada a una mesa de dinero en Wall Street o a un bufete corporativo de fusiones y adquisiciones, la reacción sería la contraria: aplausos de pie, ascensos y bonos por sofisticación técnica.
¿Por qué encontrar un vacío legal genera tanta admiración en las finanzas y el derecho, pero despierta un rechazo visceral cuando ocurre en la política?
El cazador de ineficiencias: cuando el vacío genera alpha
En los mercados y el derecho financiero, la explotación deliberada de lagunas normativas tiene un nombre técnico prestigioso: regulatory arbitrage (arbitraje regulatorio).
Ocurre cuando los agentes reestructuran una transacción para eludir una restricción legal sin alterar la sustancia económica del negocio. Si las reglas de Basilea elevan el costo de capital para ciertos créditos, la banca estructura notas sintéticas fuera de balance. Si una jurisdicción grava dividendos, se emite deuda convertible.
En los mercados, quien detecta una discontinuidad genera alpha: exceso de retorno sin riesgo proporcional. Bajo la ética privada, donde rige que “todo lo que no está expresamente prohibido está permitido”, quien explota la letra de la norma es visto como un optimizador implacable de la frontera de eficiencia.
La fractura: maximización privada frente al contrato social
La paradoja radica en la función objetivo de cada ámbito.
En los contratos privados rige la autonomía de la voluntad. Si el regulador dejó lagunas, el arbitrajista monetiza la brecha hasta que el vacío se corrige (closing the loop). En la política republicana, en cambio, las reglas existen para garantizar la alternancia y proteger la legitimidad democrática.
Cuando un líder político aplica la lógica del arbitraje financiero al Estado, se desencadenan tres efectos perversos:
- La vulneración de la sustancia sobre la forma (substance over form): En el derecho público, la validez no se agota en la literalidad del texto. La elusión de una prohibición constitucional mediante una triangulación instrumental vacía de contenido el mandato republicano.
- La erosión del capital social: En el mercado, el arbitraje aporta liquidez; en la arena política, destruye la confianza ciudadana, el activo intangible más escaso y frágil de cualquier democracia.
- La proliferación de burocracia defensiva: Cada vez que un actor elude una norma mediante un subterfugio formal, el legislador responde redactando leyes más barrocas y rígidas para tapar el hueco, encareciendo los costos de transacción para toda la sociedad.
Conclusión: Gobernar no es estructurar un vehículo financiero
El talento para identificar asimetrías y vacíos normativos es una destreza formidable que la industria financiera seguirá recompensando con razón: detectar ineficiencias impulsa la innovación y optimiza balances.
Sin embargo, gobernar una ciudad no equivale a armar un fideicomiso o un vehículo de propósito especial (SPV). Cuando los líderes tratan las leyes de la república como simples restricciones no vinculantes en un problema de optimización personal, ganan la partida táctica, pero degradan la estabilidad de las instituciones que, paradójicamente, hacen posible el funcionamiento de los propios mercados.
¿Crees que la legislación debe cerrarse con más candados normativos o el problema de fondo es la pérdida de ética cívica?
Te invito a debatir esta paradoja en los comentarios de LinkedIn y a explorar más reflexiones sobre economía aplicada, finanzas y gobernanza en arturochian.com.
Referencias y notas doctrinales
- Díez-Picazo y Ponce de León, L. (1974). El abuso del derecho y el fraude de la ley en el nuevo Título Preliminar del Código civil y el problema de sus recíprocas relaciones. Revista de Documentación Jurídica, (4), 1331–1348.
- Fleischer, V. (2010). Regulatory Arbitrage. Texas Law Review, 89(2), 227–289.